Reducción en el IRPF por inicio de actividad

Si usted inicia una actividad económica y determina su rendimiento mediante el sistema de estimación directa (normal o simplificada), tendrá derecho a aplicar en su IRPF una reducción del 20% sobre los rendimientos netos que obtengan por dicha actividad durante el primer ejercicio con resultados positivos y el siguiente.  El límite máximo sobre el que puede calcularse esta reducción es de 100.000 euros al año. Por tanto, la reducción máxima es de 20.000 euros anuales.
Inicio de actividad. Para poder aplicar este incentivo es necesario que se produzca un inicio de actividad. Este requisito se considera cumplido si en el año anterior a dicho inicio (contado de fecha a fecha) no se ha ejercido ninguna otra actividad o, en caso de que se hayan realizado otras actividades, en ninguna de ellas se hayan obtenido rendimientos netos positivos.

SUPUESTOS CONTROVERTIDOS

Varias actividades a la vez. Puede suceder que usted inicie una nueva actividad y, sin haber cesado en ella, inicie una segunda. Pues bien, en ese caso la reducción es aplicable en el primer año en que obtenga beneficios, a contar desde el inicio de la primera actividad, y en el siguiente año. Es indiferente si los rendimientos proceden de una sola actividad o de las dos.

Antes era trabajador. Otra situación controvertida tendrá lugar si usted, dentro del año anterior al inicio de su actividad, ha percibido rendimientos del trabajo de otra empresa. En ese caso, si una vez iniciada su actividad vuelve a prestar servicios a dicha empresa (esta vez como autónomo), la reducción no será aplicable si los ingresos que percibe durante el año proceden de ésta en más de un 50% 

Ejemplo 1. Usted finalizó su relación laboral con una empresa el 30-6-2022 y a principios de 2023 inició una actividad económica. Si en 2023 ha obtenido rendimientos positivos, para poder aplicar la reducción del 20% es preciso que los ingresos procedentes de su antigua empresa no supongan más del 50% de sus ingresos de 2023. Y lo mismo sucederá en 2024 (que es el segundo año en el que la reducción puede ser aplicable).

PLANIFIQUE EL INICIO

A principios de año. Inicie su actividad en el momento idóneo. Puesto que la aplicación de la reducción sólo puede realizarse en el primer ejercicio con beneficios y en el siguiente, es conveniente que en el primer ejercicio con beneficios éstos sean lo más altos posible. Por tanto, si prevé que en el primer ejercicio ya empezará a obtener beneficios, para maximizar la reducción será más conveniente que inicie la actividad a principios de año, y no al final.  

Ejemplo 2. Usted va a empezar a trabajar como abogado por cuenta propia y va a desarrollar su actividad en régimen de estimación directa simplificada. Vea la reducción que podrá aplicar según si inicia su actividad en diciembre de 2023 o si espera al inicio del año 2024 (usted prevé obtener unos rendimientos netos anuales de 60.000 euros):

Concepto Inicio en diciembre Inicio en
enero
202320242025 20232024
Rendimiento5.00060.00060.00060.00060.000
Reducción 20%1.00012.000012.00012.000

Fuente: Lefebvreeelderecho.com

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